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Mano de padre e hijo

Permiso de paternidad: duración, retribución y otros aspectos de gestión

En los últimos años el permiso de paternidad ha recibido una gran atención por las autoridades. Especialmente en cuanto a la duración del mismo. Un aspecto que ha sido puesto varias veces de relieve. Y que los legisladores han destacado, dada su intención de que se equiparara en duración al permiso de maternidad. Ello está inspirado por un impulso de favorecer la conciliación, además de reducir la desigualdad. Una desigualdad que, en algunos casos, juega en contra de las trabajadoras, dado que podía condicionar una posible contratación. Algo que el texto legal resume en dos conceptos: igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. 

La nueva legislación sobre el permiso de paternidad ha entrado en vigor recientemente en España. Concretamente el pasado marzo a raíz de la publicación en el BOE del Real Decreto ley 06/2019. Un texto que ha comenzado a hacer efectivos los permisos de paternidad de 16 semanas desde el 1 de enero de 2021. Es por ello que el permiso de paternidad está actualmente rodeado de dudas y preguntas. Cuál es su duración, su retribución, los requisitos que hay que reunir… Te lo explicamos todo en este artículo. 

El permiso de paternidad y el Real Decreto 06/2019 

Este texto legal fue aprobado con el objeto de introducir modificaciones al ya existente Real Decreto ley 3/2007 de 22 de marzo por la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Las modificaciones introducen elementos de los más diversos, desde la intención de reducir la brecha salarial a la cuestión que nos ocupa hoy, el permiso de paternidad. 

A este respecto, cabe destacar una de las principales aportaciones del Real Decreto 06/2019. En él se fusiona el permiso de maternidad y de paternidad en uno solo. La denominada prestación por nacimiento y cuidado de un menor. 

Como es sabido, hasta la entrada en vigor de esta ley los permisos de maternidad y paternidad eran diferentes. Sobre todo en cuanto a su duración. Así se contemplaba que el permiso de maternidad pudiera durar 16 semanas y el de paternidad 12. La antigua ley denotaba que el estatus de la madre era diferente, dado que el niño podía requerir de más tiempo de acompañamiento por parte de ella que el padre. Esta distinción queda borrada por la ley, la cual iguala por lo alto la duración del permiso: 16 semanas. 

¿Cuánto dura el permiso de paternidad? 

Lo decíamos anteriormente: la duración del permiso de paternidad es de 16 semanas. Eso sí, se puede administrar este permiso de manera flexible aunque con ciertas limitaciones. Así, lo dispuesto por la ley es que las primeras 6 semanas deberán ser disfrutadas ininterrumpidamente. 

Tras este periodo de 6 semanas, las restantes 12 semanas podrán ser administradas de manera interrumpida. Ahora bien, siempre en el periodo que va desde el nacimiento del bebé hasta que cumpla 12 meses. A este respecto, cabe destacar que este permiso será intransferible, por lo que el padre no podrá ceder parte de su permiso a la madre. 

Es relevante destacar que este periodo de permiso podrá ampliarse en casos muy concretos. Por ejemplo, en el caso de los partos prematuros. Así, la ley contempla lo siguiente: 

En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos otros en que el neonato precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un periodo superior a siete días, el periodo de suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales, y en los términos en que reglamentariamente se desarrolle. 

La duración podrá ampliarse tambien en los siguientes supuestos: 

  • Neonato con discapacidad: Ampliación de 2 semanas 
  • Parto múltiple: Ampliación de 2 semanas por cada hijo a partir del segundo 

En este caso, las semanas se amplían en 2 dado que se prevé que cada progenitor pueda disfrutar de una semana. 

Permiso de paternidad

Las condiciones del permiso de paternidad 

Para poder solicitar la baja por paternidad será necesario estar dado de alta en la Seguridad Social. También haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores al inicio de la petición de permiso. O, en su defecto, 360 días durante toda la vida laboral. Vale la pena remarcar que la ley contempla el permiso de paternidad para aquellas situaciones “asimilables al alta”. En este sentido, los que estén cobrando prestación de desempleo, pero no cualquier otro tipo de subsidio. 

Respecto al periodo de cotización previo exigido, existen algunas excepciones que se dan en los siguientes casos: 

  • Persona trabajadora de menos de 21 años: No le será exigido un periodo mínimo de cotización. 
  • Trabajador entre 21 y 26 años: 90 días cotizados dentro de los 7 años previos o 180 días a lo largo de su vida laboral completa. 

¿Cuáles son las retribuciones contempladas? 

La retribución depende del salario del trabajador, aunque, sea cual sea, serán abonadas por la Seguridad Social al 100%. Se tomará por base para su cómputo la base reguladora de incapacidad temporal por contingencias comunes. Eso sí, no se incluirán dietas, ni complementos al transporte ni ningún otro tipo de extra.  

Autónomos y permiso de paternidad 

Los autónomos también tendrán derecho a un permiso de paternidad que el resto de profesionales. Es decir, 16 semanas. Eso sí, cuenta con algunas particularidades: 

  • -Durante el permiso de paternidad le serán bonificadas al 100% todas las cuotas a la Seguridad Social 
  • -Para ello, se tomará como referencia el promedio de las últimas 12 bases de cotización 
  • -En cuanto a la prestación, será el 100% de las bases de cotización de los últimos 6 meses. 

Para todo lo demás, la ley asimila a los autónomos con el resto de trabajadores. Así, la prohibición de transferir parte del permiso a la madre también está prohibido. Asimismo, las primeras 6 semanas de disfrute ininterrumpido también serán obligatorias. 

En cuanto a los requisitos para disfrutarlo son también idénticos a los ya expuestos. Sólo que el autónomo deberá tener cumplidos todos los pagos a la Seguridad Social. De no ser así, tendrá hasta 20 días para regularizarlos. 

Permiso de paternidad autónomos

Permisos por adopción 

La ley contempla disposiciones específicas para aquellos permisos por adopción o acogimiento. Las condiciones en general son muy similares. Lo más básico es que se mantienen las 16 semanas de permiso. La obligatoriedad de disfrutar las 6 primeras semanas ininterrumpidamente se mantiene. Asimismo, las 10 restantes pueden también disfrutarse bien acumulada o interrumpidamente. 

En este caso, sí existe alguna diferencia. Por ejemplo, como es natural, el comienzo del permiso no tomará como arranque el nacimiento sino la resolución que autorice la adopción. Ahora bien, si la adopción es de un niño extranjero y los padres han de desplazarse previamente fuera de las fronteras, se hace una excepción. En este caso, el periodo de suspensión podrá solicitarse hasta 4 semanas antes de la resolución de adopción. 

Por último, estos permisos tampoco serán transferibles ni podrán cederse al otro progenitor o adoptante. 

Permiso de lactancia 

En este punto, resulta pertinente abordar el permiso de lactancia, dada su estrecha relación con el cuidado del neonato que también inspira el permiso de paternidad. Normalmente, el permiso de lactancia, recogido como derecho por el Artículo 34.7 del Estatuto de los trabajadores, permite al trabajador ausencias retribuidas por la empresa. Estas sólo pueden disfrutarse antes de que el bebé cumpla 9 meses, por lo que lo habitual es que se solicite después de disfrutar del permiso de paternidad. 

Una de las aportaciones de la reforma del año 2019 es que este permiso pueden disfrutarlo ambos progenitores aunque los dos estén trabajando. Existen estas 3 modalidades de permiso de lactancia: 

  • Lactancia sin acumular: Consiste en una hora de ausencia por día. Pueden dividirse en fracciones de media hora. 
  • Reducción de jornada: Se llama así porque consiste en solicitar el entrar o salir media hora antes o después. Como vemos ya no es una hora sino 30 minutos. 
  • Lactancia acumulada: A menos que el convenio no disponga otra cosa, se podrá sumar cada hora de trabajo que se disfrutaría hasta que el bebé cumpla 9 meses. De ello resultaría un cómputo que podría transformarse jornadas de trabajo. 

Este periodo de lactancia podrá ampliarse hasta que el bebé cumpla 12 meses. Ahora bien, esos 3 meses que median entre los 9 y los 12 acarrearán una disminución de salario proporcional a la ausencia. 

Permiso de lactancia

La futura Ley de Diversidad Familiar 

A este respecto, cabe destacar que el actual Gobierno de España está preparando una Ley de Diversidad Familiar que contemplaría una ampliación del permiso de maternidad y paternidad a 6 meses. En el caso de familias monoparentales este permiso podría ser de incluso 1 año. De momento, hasta la aprobación de la ley todo son especulaciones derivadas de las declaraciones públicas de miembros del Ejecutivo. La presentación de la ley está prevista para 2022. 

La gestión del permiso de paternidad desde los Recursos Humanos 

Como hemos podido comprobar, el permiso de paternidad, así como otras modalidades que permiten ausencias derivadas del nacimiento o crianza de un hijo, presentan cierta complejidad legal. Son muchos los supuestos y la casuística que hay que contemplar. 

Desde el punto de vista de los Recursos Humanos de una empresa, conviene ser especialmente metódico en estos procesos. Sobre todo porque son cuestiones muy sensibles para el trabajador. Una gestión inadecuada o con algún imprevisto, aunque no sea achacable al profesional de Recursos Humanos, podría generar una grave insatisfacción en el trabajador. 

Es por ello que, lo más óptimo para gestionar este proceso es tener en cuenta los siguientes puntos: 

  • Los empleados han de preavisar a la empresa según lo establecido por convenio. En caso de que no se indique nada, con 15 días de antelación. 
  • Establecer solicitud de permisos online: Lo más recomendable es que te sirvas de un software de gestión de permisos y ausencias para poder hacerlo. Si automatizas este proceso, quedará cumplida constancia de todo y será accesible en todo momento. 
  • Reflejar en el calendario el permiso de paternidad: Como ha quedado dicho, unas 6 semanas ininterrumpidas. 
  • Mantener una comunicación fluida con el trabajador: De esta manera, el departamento de Recursos Humanos podrá conocer cómo quiere el trabajador distribuir sus 10 semanas de permiso interrumpible. 
  • Dejar constancia escrita del registro horario: De este modo podrás cumplir sin problemas con lo dispuesto por la ley de control horario. 
  • Conocer si el empleado pretende disfrutar de permiso de lactancia y, en ese caso, a cuál se acogerá: De este modo, podrás prever el flujo de trabajo disponible del que podrás contar. Y también reflejarlo en tu calendario. 

Gran empresa

Las funcionalidades de Oitchau para gestionar los permisos de paternidad 

Oitchau es mucho más que un software de control horario. También te permite gestionar los permisos de paternidad y su impacto sobre el flujo de trabajo. Así, entre otras muchas funcionalidades, podrás llevar a cabo de manera sencilla los siguientes puntos: 

  • Personalizar las solicitudes permisos y ausencias: Fija la información que necesitas que el trabajador rellene para efectuar cualquier solicitud de permiso. 
  • Introduce los cambios horarios en el calendario de flujo de trabajo: Ello te permitirá ver de un solo vistazo cuál es el flujo de trabajo de tu equipo. 
  • Mejora tus comunicaciones con el empleado: La comunicación es esencial en este punto. No sólo para que el proceso llegue a buen término de manera ágil sino porque el empleado también requerirá de la empresa información como nóminas o certificado de baja para poderlo tramitar su permiso de paternidad con la Seguridad Social. 

Y todo mientras mantienes toda la información del equipo disponible y accesible en tiempo real. En Recursos Humanos cada vez es más importante la información. Ello nos permite prever y tomar más y mejores decisiones.