{"id":4489,"date":"2021-10-19T14:49:21","date_gmt":"2021-10-19T17:49:21","guid":{"rendered":"https:\/\/day.io\/?p=4489"},"modified":"2023-06-28T11:59:32","modified_gmt":"2023-06-28T14:59:32","slug":"inspeccion-trabajo-criterios-evaluar-control-horario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/day.io\/es\/blog\/inspeccion-trabajo-criterios-evaluar-control-horario\/","title":{"rendered":"Inspecci\u00f3n de Trabajo: criterios para evaluar el control horario\u00a0"},"content":{"rendered":"
Inspecci\u00f3n de Trabajo ha incorporado las disposiciones legales con respecto al control horario que fueron promulgadas en 2019. Desde entonces, Inspecci\u00f3n de Trabajo ha reportado hasta 9.000 infracciones de las cuales se han derivado hasta 16 millones de euros en multas.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n El control horario y la adaptaci\u00f3n por parte de las empresas es un hecho en Espa\u00f1a. Sin embargo, no siempre est\u00e1n claras cu\u00e1les son las directrices usadas por Inspecci\u00f3n de Trabajo a la hora de evaluarlo. \u00bfQu\u00e9 documentaci\u00f3n se nos va a pedir? \u00bfCu\u00e1les son los focos que van a atraer la acci\u00f3n inspectora? En este art\u00edculo despejamos todas las dudas al respecto.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Como es natural, Inspecci\u00f3n de Trabajo eval\u00faa los aspectos que han sido determinados por la ley como indispensables. A este respecto, la ley de control horario es fundamental. Pero no s\u00f3lo. De hecho, los tres textos legales que hemos de manejar a la hora de determinar cu\u00e1l ser\u00e1 el enfoque inspector con respecto al control horario son los siguientes:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Conociendo y manejando estos documentos nos ser\u00e1 muy \u00fatil. B\u00e1sicamente porque las actuaciones inspectoras se basan en lo expresado por dichos documentos. Lo abordamos m\u00e1s en detalle a continuaci\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n <\/p>\n El Real Decreto-ley 8\/2019 introduce elementos nuevos en el Art\u00edculo 34 del\u00a0<\/span>Estatuto de los Trabajadores<\/span><\/a>. \u00c9stos est\u00e1n especificados en el Art\u00edculo 10 de dicho Real Decreto<\/strong>. Aunque es un texto breve, resume las l\u00edneas b\u00e1sicas a seguir por inspecci\u00f3n de trabajo. El mencionado Art\u00edculo 10 reza lo siguiente:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n 9. La empresa garantizar\u00e1 el registro diario de jornada, que deber\u00e1 incluir el horario concreto de inicio y finalizaci\u00f3n de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este art\u00edculo.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Mediante negociaci\u00f3n colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisi\u00f3n del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizar\u00e1 y documentar\u00e1 este registro de jornada.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n La empresa conservar\u00e1 los registros a que se refiere este precepto durante cuatro a\u00f1os y permanecer\u00e1n a disposici\u00f3n de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspecci\u00f3n de Trabajo y Seguridad Social.<\/span><\/p><\/blockquote>\n Por tanto, podemos resumir los pilares b\u00e1sicos de la ley (y, por tanto, de la inspecci\u00f3n) en los siguientes 4:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Una vez determinados los aspectos clave, vamos a abordar m\u00e1s pormenorizadamente otras cuestiones involucradas en inspecci\u00f3n del registro de jornada. Para ello nos valdremos del anteriormente mencionado Criterio T\u00e9cnico 101\/2019<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n <\/p>\n Como hemos mencionado anteriormente, el objeto de este documento es fijar los criterios de realizaci\u00f3n de inspecciones de trabajo en lo respectivo al control horario. Los podemos resumir en los siguientes apartados.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n El Criterio T\u00e9cnico 101\/2019 pone especial \u00e9nfasis en que los diferentes documentos legales que han abordado la cuesti\u00f3n remarcan el car\u00e1cter obligatorio del registro horario<\/strong>. Por tanto, las empresas estar\u00e1n obligadas a llevarlo a cabo. Su realizaci\u00f3n o no ser\u00e1 objeto de una eventual inspecci\u00f3n de trabajo.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Una de las grandes preguntas. \u00bfQu\u00e9 ha de incluir exactamente el registro de jornada para considerar que est\u00e1 alineado con la ley?\u00a0Lo primero que nos dice el criterio t\u00e9cnico es que el registro ha de ser diario. No valdr\u00e1n, en este sentido, cuadrantes u horarios realizados \u201cex-ante\u201d. El registro ha de ser, en este sentido, y parafraseando el criterio t\u00e9cnico, \u201cobjetivo y fiable\u201d.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n\n
El marco legal empleado por Inspecci\u00f3n de Trabajo<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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\u00bfCu\u00e1les son los criterios b\u00e1sicos que sigue Inspecci\u00f3n de Trabajo?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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Inspecci\u00f3n de Trabajo y Criterio T\u00e9cnico 101\/2019 de inspecci\u00f3n del registro de jornada<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
Garant\u00eda del registro horario<\/span>\u00a0<\/span><\/h3>\n
Contenido del registro de jornada<\/span>\u00a0<\/span><\/h3>\n