{"id":2826,"date":"2021-05-31T12:12:16","date_gmt":"2021-05-31T15:12:16","guid":{"rendered":"https:\/\/day.io\/?p=2826"},"modified":"2023-06-28T12:05:45","modified_gmt":"2023-06-28T15:05:45","slug":"baja-por-covid-como-gestionarla-que-dice-ley-al-respecto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/day.io\/es\/blog\/baja-por-covid-como-gestionarla-que-dice-ley-al-respecto\/","title":{"rendered":"Baja por Covid: c\u00f3mo gestionarla y qu\u00e9 dice la ley al respecto"},"content":{"rendered":"
La situaci\u00f3n desencadenada por la pandemia, con la habitual situaci\u00f3n de una baja por Covid, ha supuesto todo un reto para los departamentos de Recursos Humanos. La existencia de contingencias extra, como las cuarentenas, han introducido una variable de incertidumbre. Sobre todo porque no s\u00f3lo afectan a positivos por Covid. Cuestiones que, sin duda, pueden complicar la correcta gesti\u00f3n de una plantilla. En este art\u00edculo te mostramos todo lo que es necesario saber.<\/p>\n
Tal y como explicita el Real Decreto Ley 06\/2020<\/a>, tanto el contagio como el periodo de cuarentena se consideran accidentes de trabajo. Pero s\u00f3lo a efectos de la prestaci\u00f3n por incapacidad temporal a cargo de la Seguridad Social<\/strong>. Un matiz muy relevante. Aunque una enfermedad com\u00fan es calificada normalmente como contingencia com\u00fan, la baja por Covid es diferente. De manera extraordinaria, ser\u00e1 considerada, a efectos de prestaci\u00f3n de la Seguridad Social, como accidente de trabajo. B\u00e1sicamente porque esa baja por Covid no ser\u00e1 pagada ni por la empresa por la mutua. Por esa raz\u00f3n, lo percibido por el trabajador cobrar\u00e1 el 75% hasta el \u00faltimo d\u00eda de baja<\/strong>. En este sentido, se aplica tanto a los trabajadores que hayan dado positivo como a aquellas personas que, por cercan\u00eda, hayan recibido una orden de aislamiento. Echemos un vistazo a lo que dice el Real Decreto:<\/p>\n Al objeto de proteger la salud p\u00fablica, se considerar\u00e1n, con car\u00e1cter excepcional, situaci\u00f3n asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.<\/p><\/blockquote>\n Ahora bien, el posterior Real Decreto Ley 13\/2020<\/a>, a\u00f1ad\u00eda una disposici\u00f3n final primera en la que se modificaba este aspecto anteriormente mencionado. As\u00ed, dice:<\/p>\n Al objeto de proteger la salud p\u00fablica, se considerar\u00e1n, con car\u00e1cter excepcional, situaci\u00f3n asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocados por el virus COVID-19, salvo que se pruebe que el contagio de la enfermedad se ha contra\u00eddo con causa exclusiva en la realizaci\u00f3n del trabajo<\/strong> en los t\u00e9rminos que se\u00f1ala el art\u00edculo 156 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8\/2015, de 30 de octubre, en cuyo caso ser\u00e1 calificada como accidente de trabajo<\/strong><\/p><\/blockquote>\n Dicho en otras palabras, si se prueba que se ha contra\u00eddo la enfermedad a causa del desempe\u00f1o del trabajo, esa baja por Covid s\u00ed ser\u00e1 calificada a todos los efectos como accidente de trabajo<\/strong>.<\/p>\n <\/p>\n Una respuesta que deriva directamente de lo tratado en el anterior punto. Recordemos que durante una baja laboral, quien paga la prestaci\u00f3n es la Seguridad Social y no la empresa. Eso significa que el trabajador no podr\u00e1 teletrabajar<\/strong>. Se considera que el teletrabajo es una modalidad m\u00e1s de desempe\u00f1o laboral. <\/strong>Por tanto,<\/strong> la empresa no podr\u00e1 pedir a los trabajadores confinados que sigan prestando sus servicios. Trabajar en estas condiciones se considerar\u00e1 fraude a la Seguridad Social<\/strong>.<\/p>\n Esta cuesti\u00f3n es s\u00f3lo una de las ramificaciones que la actuaci\u00f3n situaci\u00f3n por Covid-19 ha generado en el \u00e1mbito del teletrabajo. Para saber m\u00e1s sobre ello, te aconsejamos que eches un vistazo a nuestro art\u00edculo sobre la ley de teletrabajo<\/a>.<\/p>\n Un fleco m\u00e1s de la inmensa casu\u00edstica que la pandemia ha generado en el derecho laboral. Si le ocurre una baja por Covid a alguno de tus trabajadores, el proceso ser\u00e1 similar al de una baja en vacaciones. Es decir, las vacaciones ser\u00e1n interrumpidas<\/strong>. Y, cuando el m\u00e9dico de cabecera firme el alta de la baja Covid, las vacaciones se reanudar\u00e1n<\/strong>.<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" La situaci\u00f3n desencadenada por la pandemia, con la habitual situaci\u00f3n de una baja por Covid, ha supuesto todo un reto…<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":2829,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"content-type":"","inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[50],"tags":[66,67,59,53],"acf":[],"yoast_head":"\nLas modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 13\/2020<\/h2>\n
Baja por Covid: \u00bfest\u00e1 permitido teletrabajar durante una cuarentena?<\/h2>\n
\u00bfQu\u00e9 ocurre si un trabajador se infecta de Covid-19 o es puesto en cuarentena durante sus vacaciones?<\/h2>\n